Este próximo 2 de Agosto se celebra el día de la Virgen de los Ángeles, por lo que los trabajadores gozaran del día Feriado de pago NO Obligatorio, es decir, de conformidad al inciso e) del artículo 151 del Código de Trabajo dispone que se podrá laborar siempre que el trabajador consienta en hacerlo voluntariamente, cancelando un salario normal, pero el empleador no podrá obligar a sus trabajadores a laborar.
Eso si, el empleador podrá rebajar el día del salario del trabajador.
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