Ahora desahucios serán mas expeditos contra los inquilinos que:
- Se encuentren morosos en los pagos mensuales.
- No cancelen los recibos públicos.
- Se les haya vencido el contrato.
- Se encuentren morosos en las cuotas condominales.
Según la nueva Ley de Monitorio Arrendaticio los propietarios podrán desahuciar a los inquilinos a los 16 días posteriores a la notificación de la demanda, siempre y cuando no existan oposiciones o excepciones fundadas.
FUENTE: http://www.puntojuridico.com/?p=3679